2 ene 2013

Un IVA para Castilla


Antes de nada: tengo el gusto de comunicarles la puesta en marcha de un proyecto colaborativo dedicado a las humanidades (llámenlas «digitales» sólo si les place), la criatura se llama:


A algún autor tengo el honor de conocerlo redes sociales mediante, así que la calidad está garantizada. A mí me verán colaborar por allí de forma esporádica.

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En anteriores entradas comentaba lo difícil que realmente resulta recaudar impuestos para un rey de la Alta Edad Media, y cómo para Wickham el sistema fiscal llega a definir la forma que tiene un Estado.

Pero a finales del siglo XI y principios del XII tuvo lugar lo que a veces se llama la «revolución comercial». El escenario cambia completamente, y ahora tenemos a un rey de la Baja Edad Media que ve como se mueven cada vez mayores cantidades en metálico («él» ha contribuido a que eso sea así). El problema ahora consiste en montar un sistema fiscal partiendo casi desde cero.

A priori, lo que parecería más justo es lo que aún hoy nos sigue pareciendo (a veces erróneamente): impuestos directos y progresivos, y que pague más el que más tenga. Y esto, como hoy, tenía sus peros, nobleza y clero se resistirán a abandonar sus priviegios y apoquinar como el que más. Y tienen el derecho consuetudinario de su lado. Pero esto no es lo más grave.

En Francia optaron por un sistema fiscal con impuestos directos basado en los bienes inmuebles, la taille.
Veamos que cuenta Felipe de Beaumanoir sobre ella:

«En las ciudades de comuna se elevan múltiples reclamaciones con motivo de la talla 
pues suele suceder que los ricos que gobiernan los asuntos de la ciudad declaran 
menos de lo que deberían, ellos y sus familiares, y hacen que los demás grandes ricos, 
gocen de las mismas ventajas, y así, todo el peso recae sobre el conjunto de la clase 
más pobre.»

Felipe de Beaumanoir (c. 1247 - 1296), Coutumes de Beauvaisis.


Si hoy resulta relativamente sencilla la evasión fiscal, sólo hay que imaginar un mundo sin informática  basado en una economía campesina con derechos de propiedad que hoy nos parecerían poco claros, como poco.

Ahora vamos a la Península Ibérica de 1340. El rey de Castilla y de León, Alfonso XI (1311-1350) se encontraba metido en plena guerra contra la dinastía meriní de Marruecos, guerra que acabó con la toma de Algeciras y en la que se obtuvieron importantes victorias como la del Salado.
Pero la guerra cuesta dinero, así que en 1342 el rey obtuvo de las Cortes reunidas en Burgos un nuevo impuesto general conocido como «la alcabala». Un impuesto indirecto sobre el valor de todas las ventas y transacciones de bienes muebles e inmuebles con un tipo impositivo del 5% durante tres años —en principio— [1].

Y naturalmente levantó críticas, en la misma Crónica del mismo Alfonso XI la situación del reino como empobrecido o agotado «por los muchos pechos que han pechado» es lugar común.

Alfonso XI consiguió esto de las Cortes con la excusa de la excepcionalidad de la situación, sin embargo, tras el fin de la guerra y con variadas excusas fue obteniendo sucesivas prórrogas, hasta que a finales del siglo XIV la costumbre lo convirtió en permanente. Y es normal, porque para el siglo XV llegó a representar la parte del león del total de los ingresos de la Corona hasta un 80% , manteniéndose siempre por encima del 50% [2].

En una entrada anterior había comentado como la guerra en sí fue un acicate para el fortalecimiento de las primitivas monarquías en la Alta Edad Media. En la Baja, los reyes mantenían plenamente la ideología guerrera y de nuevo las necesidades bélicas contribuyeron a reforzar el papel del Estado y a reorganizar el sistema fiscal. Siguiendo a D. Menjot:

«...por lo que respecta a la Castilla medieval, la afluencia de oro vía parias y botín y las anexiones territoriales en el sur mitigaron la necesidad de buscar nuevas formas de financiación. Pero ahora, en el siglo XIV, perdida la posibilidad de continuar conquistando tierras con la rapidez que se había hecho durante las décadas centrales del siglo XIII, la monarquía castellana del siglo XIV se vio obligada a complementar los recursos fiscales que tradicionalmente se dedicaban a la guerra [...] con nuevas formas impositivas que le permitiera reunir los fondos que necesitaba [...] así ocurre con el más importante de los impuestos indirectos, la alcabala.» [3]

Está claro que para la corona era más fácil hacer una estimación sobre las transacciones que podían realizarse en un período de tiempo dado que ir casa por casa registrando lo que pudiera hallar. ¿Pero cómo las cobraba? Ah, de eso no se encargaba ella, y da para otra entrada.

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[1] Estepa Díez, Carlos, La monarquía castellana en los siglos XIII-XIV: algunas consideraciones en Edad Media: revista de historia, 2007, n.8, p.79-98 http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2509119
[2] Ossorio Crespo, Enrique, Así era... la alcabala en La Ventana de la Agencia http://www.agenciatributaria.es/AEAT.educacion/Satelite/Educacion/Contenidos_Comunes/Ficheros/ALCABALA.pdf
[3] García Fitz, Francisco, Las guerras de cada día: en la Castilla del siglo XIV en Edad Media: revista de Historia, n8, 2007, p 145-181
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